La tan anunciada huelga... está aquí. Los servicios mínimos aparecen en la web del Ayuntamiento... y en la de AUZSA. Ayer viernes quedaron fijados, a través de Decreto municipal, los servicios mínimos para los paros parciales convocados por el Comité de Empresa de Autobuses Urbanos de Zaragoza, S.A. –AUZSA- a partir del próximo lunes, 23 de septiembre. En concreto, y caso de no llegarse antes a un acuerdo entre la empresa y los trabajadores, está convocada huelga indefinida de 12,30 a 15,30 horas, con excepción del día 27 de septiembre, que sería de 8,00 horas a 17,00, y del 5 de octubre, de 20,00 a 24,00 horas.
Teniendo en cuenta la legislación vigente sobre este tema, así como la interpretación efectuada por el Tribunal Constitucional en diversas sentencias y de acuerdo, finalmente, con lo dispuesto en el artículo 202.2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón, se han decretado servicios mínimos del 50% en el personal destinado a movimiento. La misma cifra, 50%, será la referida a los servicios mínimos del resto del personal, al entenderse que debe mantenerse una razonable proporcionalidad entre personal de movimiento y el adscrito al resto de tareas.
Se recuerda, asimismo, que la movilidad urbana y, en concreto, el transporte público, "son servicios esenciales para la comunidad", ya que "su eventual paralización afecta o menoscaba intereses y bienes constitucionalmente protegidos, cuales son la libre circulación por el territorio".
Teniendo en cuenta la legislación vigente sobre este tema, así como la interpretación efectuada por el Tribunal Constitucional en diversas sentencias y de acuerdo, finalmente, con lo dispuesto en el artículo 202.2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón, se han decretado servicios mínimos del 50% en el personal destinado a movimiento. La misma cifra, 50%, será la referida a los servicios mínimos del resto del personal, al entenderse que debe mantenerse una razonable proporcionalidad entre personal de movimiento y el adscrito al resto de tareas.
Se recuerda, asimismo, que la movilidad urbana y, en concreto, el transporte público, "son servicios esenciales para la comunidad", ya que "su eventual paralización afecta o menoscaba intereses y bienes constitucionalmente protegidos, cuales son la libre circulación por el territorio".
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